El Tribunal Supremo ha establecido quién debe asumir los gastos de constitución de una hipoteca.
El cliente deberá asumir:
- El AJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados).
- el 50% de los gastos de escritura.
El banco deberá asumir:
- el otro 50% de los gastos de escritura.
- el 100% de los gastos registrales y de gestoría.
- el 100% de los gastos de tasación.
Si necesita asesoramiento en cualquiera de estos temas no dude en contactar con nosotros por teléfono al 952 22 80 06 o por email asesoria@sintas.es