La Orden HAC/248/2021 aprueba los nuevos modelos de declaración y establece los plazos de presentación de las declaraciones de los impuestos de Renta y Patrimonio.
Campaña Renta y Patrimonio 2020
Plazo de presentación: Entre los días 7 de Abril y 30 Junio de 2021.
Borrador de la Declaración IRPF 2020
Desde el 7 de Abril de 2021, la sede electrónica de la AEAT permite a los contribuyentes la obtención del borrador y de los datos fiscales de la declaración del IRPF.
Aplazamientos 1er trimestre: 4 meses sin intereses
Las empresas y autónomos que facturaron menos de 6.010.121,04 € en 2020, dispondrán de mayor flexibilidad en los aplazamientos de las autoliquidaciones, así se ha publicado en el RDL 5/2021 del 13 de marzo de 2021.
Dichas autoliquidaciones deberán presentarse entre el 1 y el 20 de abril de 2021 y este año Hacienda también permitirá:
Otra de las modificaciones incluidas en este Real Decreto que flexibilizan el aplazamiento, es que no es necesario satisfacer los intereses de demora los 4 primeros meses ( 1 mes más que la norma inicial, que solo eximía de intereses los 3 primeros meses del aplazamiento).
Si necesita asesoramiento en cualquiera de estos temas no dude en contactar con nosotros por teléfono al 952 22 80 06 o por email asesoria@sintas.es
- El aplazamiento de las retenciones e ingresos a cuenta, los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y el IVA, cuando el total de la suma sea de hasta 30.000€.
- Si el importe de esas deudas más el ya aplazado supera los 30.000€ se podrá solicitar el aplazamiento hasta el límite total de dicha suma.
Otra de las modificaciones incluidas en este Real Decreto que flexibilizan el aplazamiento, es que no es necesario satisfacer los intereses de demora los 4 primeros meses ( 1 mes más que la norma inicial, que solo eximía de intereses los 3 primeros meses del aplazamiento).
Si necesita asesoramiento en cualquiera de estos temas no dude en contactar con nosotros por teléfono al 952 22 80 06 o por email asesoria@sintas.es